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INFORME EVALUACIÓN EDIFICIOS

Regulado por el Real Decreto Legilatico 7/2015, del 30 de octubre

¿QUÉ ES EL INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE)?

 

Es un informe que deben pasar todos los edificios en función de la antigüedad establecida para acreditar tres aspectos : Por un lado el estado de seguridad constructiva (esto le permitirá llevar a cabo las medidas necesarias para evitar posibles riesgos o la ejecución de obras mayores en el futuro) . Por otro lado su eficiencia energética y en tercer lugar La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio.

 

¿CUÁNDO DEBO DE HACER EL IEE?

 

El IEE deben aquellos edificios que hayan cumplido cincuenta años a partir de fecha 28 de junio de 2013 y en un plazo máximo de cinco años desde que han cumplido los cincuenta años. El IEE tiene una vigencia de diez años.

 

¿QUIÉN DEBE HACERLO?

 

Todas las personas y comunidades propietarias de algún inmueble que contengan más de una vivienda. Las viviendas unifamiliares de una sola vivienda no tienen obligación de presentar el informe.  Hoteles y residencias sí están obligados a presentar el IEE.
Si el edificio ya tiene una ITE realizada en vigor y necesita el IEE (por ejemplo para solicitar algún tipo de subvención) sólo hará falta acompañarle la Certificación Energética.

 

¿CÓMO DEBE REALIZARSE?

 

El IEE debe realizarlo un profesional independiente que cumplimentará los impresos correspondientes y analizará la situación de cada inmueble.
Contamos con un equipo de técnicos cualificados y con una amplia experiencia en la realización de las anteriores ITES y Certificaciones energéticas así como informes de diferente naturaleza en el sector del urbanismo y edificación. Nuestra profesionalidad le permitirá despreocuparse de cualquier tipo de trámite. Además nosotros le ofrecemos una garantía y es el Visado de nuestros trabajos por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos y Aparejadores y nos encargamos de la entrega en los organismos correspondientes.
 

CALENDARIO DE APLICACIÓN EN VIGO

 

Este año 2016 aquellos edificios de más de 50 años de antigüedad (hasta 1966) y que no presentaron la ITE.

 

¿EXISTEN AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DEL IEE?

 

Efectivamente sí existen ayudas y  consistirán en una subvención, equivalente a una cantidad máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local, sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.

Si desea le podemos tramitar la solicitud de ayuda.

 

ENLACES DE INTERÉS

 

Página del Ayuntamiento de VIGO (castellano)

Página del Ayuntamiento de Vigo (Gallego)

Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

 

 

¡Deseamos aclararle cualquier duda! Llámanos hoy mismo y le daremos la información que desea tener. También si desea un PRESUPUESTO.
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